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El Telégrafo
Gustavo Pérez Ramírez

En honor a la verdad histórica

10 de mayo de 2015 - 00:00

El Dr. Carlos Marx Carrasco, uno de los pilares de la revolución ciudadana, admirado por su formidable gestión en el SRI y ahora como Ministro de Trabajo, afirmó en entrevista, que este diario publicó el 30 de abril, algo que debe reconocerse en honor a la verdad: “La Revolución Ciudadana privilegia al ser humano sobre el capital y no es pura retórica, sino una realidad concreta que se refleja en una cantidad de hechos…el fin de la tercerización, el establecimiento del salario digno, la eliminación de todo tipo de discrimen, la estabilidad laboral para los trabajadores, mayor democratización sindical, participación de los trabajadores en la distribución primaria del ingreso y mejoramiento ostensible de los salarios en términos reales.

Sin embargo, su entusiasmo hizo que se excediera al sostener que “antes de 2007 ni el gobierno ni el Estado se interesaron en los trabajadores”, frase que encabeza la publicación de la entrevista a grandes titulares. Con todo el respeto que se merece tan distinguido funcionario, pero también en honor a la verdad, nos referimos aquí  a las dos revoluciones que precedieron a la Ciudadana, la Alfarista  y la Juliana, que dejaron grandes conquistas laborales, y a la larga lista de reformas y codificaciones del Código del Trabajo desde 1938.

La Revolución Juliana dio especial importancia a la legislación laboral, continuando con la labor de la Revolución Liberal respecto a la abolición de las formas de explotación laboral y a la promoción de la participación laboral de la mujer, entre otros aspectos de la legislación social liberal, y proclamó  un conjunto de leyes laborales sobre el contrato individual; la duración máxima de la jornada del trabajo de ocho horas y un día de descanso semanal; la muy trascendental del salario mínimo, aunque sin fijar el monto, pero insistiendo en su necesidad; la ley de huelgas, sobre la que no se había legislado, a pesar de que en la Constitución constaba la declaración general del derecho a la huelga, además de establecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje encargadas de dirimir los conflictos motivadores de la huelga y en general de buscar y dar soluciones satisfactorias. También dictó la ley de accidentes de trabajo; la del  trabajo de la mujer, del trabajo infantil y de  menores; la protección de la maternidad; la jubilación; el montepío civil; el ahorro; las cooperativas.

Todas estas  y muchas más  de carácter social constituyeron las bases para el Código del Trabajo. Además, la Constituyente de 1929 fue la primera en proclamar en el Ecuador los derechos sociales-laborales.   

Asimismo, después de 1938 ha habido 104 reformas, desde la de 1944 en el gobierno provisional de José María Velasco Ibarra, a las del 12 de septiembre de 2014, y la reciente de abril de 2015, bajo el gobierno de la Revolución Ciudadana, amén de cinco codificaciones, según datos del Archivo Biblioteca de la Asamblea, si bien muchas de ellas estuvieron al servicio de los empresarios, privatizadoras y flexibilizadoras, lo que contrasta con las varias conquistas laborales de la Revolución Ciudadana. (O)

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