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Sentencia en caso Isaías "se encuentra en firme y debe cumplirse"

Los hermanos Roberto y William Isaías Dassum.
Los hermanos Roberto y William Isaías Dassum.
Foto: Archivo
11 de julio de 2016 - 13:05 - Redacción Web

La Procuraduría General del Estado hizo aclaraciones respecto a las diversas interpretaciones y declaraciones surgidas por la emisión del dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre el caso Isaías. 

En un comunicado, la Procuraduría precisa que la sentencia de casación expedida por la Corte Nacional de Justicia (CNJ), que declaró culpables por el delito de peculado bancario a los hermanos William y Roberto Isaías Dassum, "se encuentra firme y debe cumplirse". Precisa que el Comité, tomando en cuenta los argumentos de las partes, no ordenó la nulidad del proceso penal.

También subraya que "sostener que el proceso está pendiente porque aún no se ha planteado el recurso de revisión, implicaría que todos los procesos penales con sentencia ejecutoriada en el Ecuador se encuentran pendientes, lo cual jurídicamente es absurdo". 

Asimismo, la Procuraduría explica que el Comité en su dictamen se pronunció únicamente sobre el Mandato Constituyente No. 13, en el numeral 7.4, en los siguientes términos:  "El Comité considera que la emisión del Mandato Constituyente no. 13, (…) violó el derecho de los autores bajo el articulo 14 (1) del Pacto, a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil". 

Como consecuencia, recomendó que el Estado, a fin de dar plena reparación a los señores Isaías, les brinde un recurso efectivo en el ámbito interno respecto de la determinación de sus derechos civiles. Es decir, que se les provea el acceso a un proceso impugnatorio con las debidas garantías. Sin embargo, como lo ha mantenido el Estado, este recurso efectivo siempre estuvo garantizado mediante la vía contencioso administrativa.

Los denunciantes en su solicitud remitida al Comité precisaron que "no se pretende presentar ante el Comité de Derechos Humanos una denuncia sobre la legalidad o no del contenido material de la Resolución AGD-UIO-GG-2008-12”, así mismo afirmaron que “el asunto sometido al Comité no versa sobre si la Resolución de la AGD es justa o injusta, legal o ilegal, sino que el Mandato No. 13 ha cerrado el acceso a la justicia ecuatoriana para que los denunciantes accedan, y ella determine si es justa o injusta, legal o ilegal". 

"De manera que es absolutamente claro que el Comité en su dictamen, no determinó ninguna violación respecto al proceso de incautaciones como tal, no analizó la legalidad o validez jurídica del mismo y no declaró la nulidad del Mandato Constituyente N° 13 ni de la Resolución AGD-UIO-GG-2008 de la AGD", subraya el comunicado de aclaración. 

El Comité, según la Procuraduría, tampoco ha reconocido en su dictamen una restitución de la situación patrimonial de los señores Isaías Dassum a un momento anterior al de las incautaciones y "peor aún dictaminado el pago de indemnización o reparación material alguna".  (I)

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