Cuenca

Opinión

POR Editorial EL TIEMPO | saludos@eltiempo.com.ec

Demandas a Código de Democracia

Fecha de Publicación: 2012-06-09

La Corte Constitucional deberá pronunciarse, dentro del plazo anunciado de 15 días, sobre cinco demandas de inconstitucionalidad planteadas por gremios periodísticos y agrupaciones partidistas respecto a las disposiciones que constan en el Código de la Democracia y que restringen la cobertura periodística en período de elecciones, bajo el supuesto de informar equitativamente sobre las diferentes candidaturas y no afectar a ninguna de ellas favoreciendo a otras. Esta disposición ha sido tomada en medios políticos y de prensa como una limitación a la libertad de expresión, y por lo tanto contraria a la Carta Política a más de vulnerar acuerdos internacionales sobre la materia.


El Gobierno y sus representantes, por su parte responden a estas demandas de inconstitucionalidad de la norma señalando que en el pasado ciertos medios direccionaban la cobertura electoral, restando posibilidades a unos candidatos y en cambio favoreciendo generosamente a otros.

En el supuesto de que ello hubiese ocurrido, se encuentra dentro de las políticas de cada medio, cuestionables o no en el aspecto ético y profesional, pero no ilegales. Hoy se pretendería supuesamente otorgar las mismas facilidades de acceso a los medios a todos los candidatos y tiendas políticas, mas en realidad esta disposición, se teme con razón, va más bien a inhibir la cobertura en época electoral por el temor de los medios y comunicadores a ser sancionados por el Consejo Nacional Electoral o sus delegaciones en el caso de supuestas vulneraciones. En definitiva, el objetivo real de la disposición sería coartar la cobertura noticiosa y de opinión en lugar de generar equidad.


La preocupación de medios y periodistas se acentúa conforme se acerca el período de campaña para los comicios del año próximo. Es necesario que la Corte Constitucional se pronuncie sobre este espinoso tema, que tiene  de hecho que ver con el ejercicio irrestricto de la libertad de expresión e información que consagra la Constitución de Montecristi y que, a criterio de varios sectores, se halla en entredicho con esta disposición legal.    

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