Opinión
Editorial EL TIEMPO | saludos@eltiempo.com.ec
Ordenamiento territorial
Fecha de Publicación: 2010-03-15
La Asamblea Nacional discute el llamado Código de Ordenamiento Territorial, uno de los cuerpos legales que se presta a mayores controversias, dada la complejidad de las relaciones entre gobiernos locales.
La Asamblea, entre los proyectos legales que discute, trata en segundo debate el denominado Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, cuyo nombre oficial es mucho más largo, pero que, en esencia, normará las competencias y racionalizará la entrega y el manejo de los recursos de consejos provinciales, municipios y juntas parroquiales, de acuerdo a principios de desconcentración y regionalización que rompan con un esquema centralista de vieja data. Por lo menos eso es lo que señalan los sectores oficialistas. Sin embargo, este proyecto legal, dada su importancia y trascendencia para la vivencia de los gobiernos seccionales del país, cuenta con una serie de aspectos polémicos, el primero de los cuales sería si, de verdad se va a avanzar en las autonomías y la descentralización del Ecuador, cuando tenemos un Gobierno fuertemente centralista. ¿Cómo conciliar estas dos visiones?
De otra parte, el proyecto legal plantea la creación de un consejo que regularía y coordinaría las acciones de los gobiernos seccionales, para lo cual como es usual dentro del nuevo ordenamiento constitucional, se escogería a ciudadanos y ciudadanas presuntamente independientes, aunque ya se conoce los métodos para la selección de este tipo de consejos que, en los hechos, poseen una notoria dependencia del Gobierno Central. De otra parte, las juntas parroquiales, que en adelante podrán manejar sus recursos con autonomía, de hecho van a exigir permanentemente mayores rentas, tomando en cuenta el abandono en que se encuentra la inmensa mayoría de parroquias rurales, y ello presionará a su vez sobre el reparto de los recursos hacia municipios y consejos provinciales.
De hecho, el futuro Código de Ordenamiento Territorial será uno de los cuerpos legales más sujetos a la polémica, en tanto debe regular una multiplicidad de organismos seccionales, y por si fuera poco, regular también atribuciones y competencias de los denominados territorios ancestrales, de las comunidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, desde donde de hecho surgirán nuevos frentes de competencia hacia los gobiernos locales. Finalmente, se normará la creación de las regiones o las mancomunidades, para cuya existencia legal se recurrirá al sufragio popular, un fenómeno que incidirá en la politización de mancomunidades y regiones.
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