Ley de Transparencia se cumple a medias
Pocas son las entidades del sector público que cumplen con la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al resto no les interesa, dijo Segundo Serrano, comisionado de la Defensoría del Pueblo del Cañar.
Fecha de Publicación: 2010-03-10 00:00
Azogues.- Las entidades públicas, fundaciones, organizaciones y otras que reciban fondos del Estado tienen la obligación de publicar en sus portales de información o páginas web, la estructura orgánica funcional, servicios que ofrece, metas, objetivos, directorio, presupuesto institucional, remuneraciones del personal, viáticos e informes de viajes, horarios de atención, procesos de adjudicación, texto íntegro de contratos, resultado de auditorias, mecanismos de rendición de cuentas, entre otros puntos.
Un informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y el detalle de las solicitudes de acceso y trámite otorgado a cada uno, presentarán todas las entidades a la Defensoría del Pueblo en cada provincia, cuyo playo termina el 31 de marzo.
Vigencia
“La ley se aprobó en el 2004, por seis años está vigente, pero sólo es letra muerta, porque no hay el cumplimiento”, expresó Serrano. El año anterior el 10 por ciento de las instituciones cumplieron con esta obligación, el resto no mostró interés e incluso algunas municipalidades de la provincia del Cañar.
En este año sólo la delegación provincial del Ministerio de Inclusión Económica y Social, MIES, entregó la información, mientras que el resto de entidades tienen plazo hasta el último día de este mes.
“En el 2010 todavía hay personas e instituciones que dicen que desconocen esta ley, cuando debería existir mayor preocupación sobre su cumplimiento”, expresó la autoridad provincial.
Sanciones por incumplimiento
Los representantes de las entidades que no cumplan serán sancionados, según lo que establece el artículo 23 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a través de multas equivalente a la remuneración de un mes de sueldo o salario, suspensión de sus funciones por 30 días, sin sueldo. Además, se contempla la destitución del cargo en caso de que, a pesar de la multa o suspensión siga la negativa en la entrega de la información. Las Defensorías del Pueblo provinciales tienen la facultad de receptar la información y remitir a la dirección nacional, donde se tramitan las sanciones.
Obligaciones
Entidades del sector público y privadas que reciban dinero del Estado deben cumplir con la ley.
Centralismo
La Defensoría Nacional tramita las sanciones, mientras que las provinciales solo receptan. (PMZ)





